La plataforma continental de las Islas Canarias: ampliación y cuestiones afines
Revistas
Revista Española de Derecho internacional
REDI vol. 70 2 2018
La plataforma continental de las Islas Canarias: ampliación y cuestiones afines
La plataforma continental de las Islas Canarias: ampliación y cuestiones afines
Ficha técnica
ISSN
0034-9380
e-ISSN
2387-1253
DOI
http://dx.doi.org/10.17103/redi.70.2.2018.3.01
Año
2018
Páginas
25
La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar prevé la posibilidad de que los Estados ribereños amplíen su plataforma continental más allá de las 200 millas marinas. Se crea así un espacio marino suplementario donde los Estados pueden explorar y explotar recursos minerales y energéticos sumamente atractivos.
La posición geoestratégica de las islas Canarias la convierte en un magnífico modelo de análisis de la práctica estatal. La potencial ampliación de la plataforma continental genera solapamientos con Portugal y el Sahara Occidental y ha reactivado dos cuestiones destacadas. Por un lado, la cuestión de las islas Salvajes, que sale de la esfera de la plataforma continental ampliada. Por otro lado, el estatus del Sahara Occidental como territorio no autónomo, que impide la delimitación de los espacios marinos existentes entre este territorio y Canarias.
Es responsabilidad del Estado no perder las oportunidades que le ofrece un tratado como el que codifica de un modo tan exhaustivo el Derecho del mar. Un buen aprovechamiento de las herramientas que la Convención pone a disposición de los Estados ribereños es garantía de poder y acceso a recursos en condiciones legítimas.
La posición geoestratégica de las islas Canarias la convierte en un magnífico modelo de análisis de la práctica estatal. La potencial ampliación de la plataforma continental genera solapamientos con Portugal y el Sahara Occidental y ha reactivado dos cuestiones destacadas. Por un lado, la cuestión de las islas Salvajes, que sale de la esfera de la plataforma continental ampliada. Por otro lado, el estatus del Sahara Occidental como territorio no autónomo, que impide la delimitación de los espacios marinos existentes entre este territorio y Canarias.
Es responsabilidad del Estado no perder las oportunidades que le ofrece un tratado como el que codifica de un modo tan exhaustivo el Derecho del mar. Un buen aprovechamiento de las herramientas que la Convención pone a disposición de los Estados ribereños es garantía de poder y acceso a recursos en condiciones legítimas.